Hoy hemos conocido las conclusiones del Abogado General en el caso de Google y (por resumir) el llamado «derecho al olvido«, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Creo que la cuestión principal que hay que dirimir en este asunto es si la Directiva de Protección de Datos puede aplicarse a Google, y el Abogado General entiende que sí. Por otro lado, estima que el buscador, aunque realiza un tratamiento de datos, no puede ser considerado responsable del tratamiento. En relación con el «derecho al olvido», considera que no puede aceptarse que exista con carácter absoluto y general, al menos en el caso concreto.
Veremos si el TJUE sigue las conclusiones del Abogado General, en la sentencia que tendremos en los próximos meses. En mi blog en «Descargas Legales» he analizado las conclusiones.